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La fiscalidad de las apuestas deportivas y la declaraci?n de la renta

tributacion-juego-online

La fiscalidad de las apuestas deportivas es un tema que sigue sin estar claro por parte de muchos jugadores y vamos a intentar explicar lo mejor posible.
En Junio de 2012 entro en vigor la Ley del Juego Online con el objetivo de regular la fiscalidad de las casas de apuestas online. El impuesto tiene diferentes tipos de gravamen en funci?n del tipo de juego: Apuestas deportivas mutuas: 22% , Apuestas deportivas de contrapartida: 25% sobre la base imponible , Apuestas deportivas cruzadas: 25% , Apuestas h?picas mutuas: 15% , Apuestas h?picas de contrapartida: 25%, Otras apuestas mutuas: 15% , Otras apuestas de contrapartida: 25% ,Otras apuestas cruzadas: 25% , Rifas: 20% , Concursos: 20% , Otros Juegos: 25% y Combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales: 10%

Este impuesto est? dirigido a las casas de apuestas, salas de poker o casinos online, no a los usuarios.

Ahora vamos a centrarnos en la tributaci?n de los usuarios

?C?mo se si tengo que declarar las ganancias?

No est?n obligadas a declarar las personas cuyos ingresos en juego online no hayan superado los 1.600 euros en el ejercicio anual. Pero tambi?n se puede quedar exento si no se llega al m?nimo personal y familiar que seg?n la AEAT es de 5.151 euros anuales. Para hacienda aquellos que no superan esa cantidad a efectos pr?cticos su declaraci?n ser? de cero. As? que en algunos casos podr?a darse la situaci?n de haber ganado m?s de 1600? pero no tener que tributar por no llegar al m?nimo personal y familiar.

?C?mo tributan las ganancias?

Los jugadores tributar?n las ganancias relacionadas con el juego online como si se tratase de una ganancia patrimonial. Esto en lenguaje coloquial significa que dicha cantidad se a?adir? a las rentas del trabajo de la persona. En funci?n del importe final se aplicar? un % de retenci?n bas?ndose en los tramos de IRPF que var?an entre el 24,75% hasta el 52%:
Los tramos de IRPF son los siguientes:

? de 0 a 17.707? ? 24,75%
? de 17.707 a 33.007 ? 30%
? de 33.007 a 53.407 ? 40%
? de 53.407 a 120.000 ? 47%
? de 120.000 a 175.000 ? 49%
? de 175.000 a 300.000 ? 51%
? a partir de 300.000 ? 52%

Puede darse el caso que dos personas que hayan ganado la misma cantidad en apuestas, tributen de forma diferente debido a los tramos de IRPF. Lo explicamos al final del articulo con algunos ejemplos pr?cticos.

Es importante tener en cuenta que se tributar?n por las ganancias obtenidas durante el a?o anterior, independientemente de si se ha retirado el dinero al banco o sigue en la casa de apuestas.

Se tributar? por los beneficios obtenidos en las casas de apuestas, pudiendo deducir las p?rdidas de las apuestas que han resultado perdedoras. Las perdidas nunca podr?n superar a las ganancias. Dicho de otro modo, si pierdes 500? en el global de un a?o no podr?s compensarlo en la renta de ninguna forma.

Un cambio muy importante se produjo en diciembre del 2012 con la Ley 16/2013 que se public? en el BOE el 28 de diciembre. Hasta entonces no se pod?an compensar las p?rdidas en las apuestas, lo cual era un atropello y carec?a de sentido. En abril de 2013 la AEAT public? una?nota de prensa?para reafirmar que las p?rdidas se pod?an compensar.

Este cambio es important?simo porque ha generado mucha confusi?n y sigue habiendo gente que no tiene claro si era as? realmente.
Nos han llegado mails de mucha gente diciendo que iban a dejar de apostar porque no pod?an deducir perdidas y el sistema era injusto. El objetivo de este art?culo es precisamente clarificar al m?ximo posible el tema de la tributaci?n.

Vamos con un ejemplo:

Un jugador realiza una apuesta de 1000? a cuota 2 y acierta. Ha ganado 1000?
Realiza otra apuesta de 1000? a cuota 2 y tambi?n acierta. Ha ganado 1000? y en total tiene 2000? de beneficios
Por ultimo realiza una apuesta de 2000? y resulta perdedora.
Si hacemos n?meros el jugador se habr? quedado con una ganancia de 0?, y por lo tanto no tendr? que tributar nada ya que ha compensado las perdidas.
Si no se hubiese rectificado la ley del juego mediante la ley 16/2012 del 27 de diciembre este jugador tendr?a que haber declarado unos beneficios de 2000?

?C?mo controlar? esto hacienda?

Seguramente es la pregunta del mill?n y no tendremos respuesta hasta que no pase el periodo de la declaraci?n de la renta incluso alg?n a?o m?s.
Las ganancias del juego siempre se han tenido que tributar no es algo nuevo, lo que es nuevo es que ahora las casas de apuestas tienen la obligaci?n de facilitar los datos de las ganancias de los usuarios.
Las casas de apuestas no tienen la obligaci?n de facilitar la informaci?n fiscal a sus usuarios. Lo l?gico ser?a que esa informaci?n se facilitase como hacen los bancos con los rendimientos de los dep?sitos o las cuentas bancarias o incluso con los rendimientos de las inversiones en bolsa. Por este motivo en el borrador de la renta no te van a figurar los datos de las ganancias en las apuestas.
Esto es un comentario personal, pero no creo que hacienda pierda el tiempo buscando a jugadores que ganen cantidades peque?as de dinero. Cuando decimos peque?as nos referimos a menos de 6000?. Aunque insistimos, esto es un comentario totalmente personal.
?Qu? pasa si no declaro las ganancias?
No declarar las ganancias es lo mismo que cualquier ocultaci?n de datos, tendr?s que regularizar la situaci?n y adicionalmente un expediente sancionador.
Si hacienda revisase tu declaraci?n de la renta te obligar?a a ingresar las cantidades no ingresadas. Y posteriormente abrir?an un expediente sancionador con una sanci?n que puede variar entre el 50% y el 150% del importe defraudado.

Ejemplos pr?cticos

Nuestro forero ruun ha eleborado algunos ejemplos pr?cticos para que sea m?s f?cil entender la teoria:

El universitario

Gumersindo es estudiante y vive solo en un piso de alquiler con unos amigos. Despu?s de restar ganancias y p?rdidas, Gumersindo gana 15.000 euros netos en un a?o jugando al poker. Nuestro estudiante no tiene mujer ni hijos, ni ninguna deducci?n conocida m?s all? del conocido como ?m?nimo vital?.

El ?m?nimo vital? es un concepto de car?cter tributario que hace alusi?n al ingreso m?nimo que necesita alguien para cubrir necesidades b?sicas como vivienda, alimentaci?n, transporte, salud, etc.

Hasta el a?o 2011, el m?nimo vital, 5.150 euros, se aplicaba directamente a la base imponible reduci?ndola. Desde 2012 es un poco m?s complejo, pero para no complicar los c?lculos y dado que los resultados a efectos de pago son bastante similares, lo dejaremos como una deducci?n directa.

Gumersindo, en su declaraci?n, podr? aplicarse una deducci?n de 5.150 euros en concepto de ?m?nimo vital?, por lo que tributar? por su tipo marginal por los 9.850 euros restantes.

Seg?n la tabla del IRPF para el a?o 2012 (en este caso hemos usado la tabla de ?mbito estatal -recordad que hay diferencias seg?n las Comunidadesx Aut?nomas- que os hemos mostrado arriba), desde el m?nimo vital aplicable hasta 17.707 euros de renta, se pagar? el 24.75%,

Haciendo n?meros, obtenemos que Gumersindo tributar? el 24.75% de 9.850 euros, por lo tanto, 2.437 euros. Teniendo en cuenta el m?nimo vital, Gumersindo tributa un 16.24% de lo que ha ganado jugando a poker.

El currante soltero

Rogelio es cocinero, no tiene hijos y vive en una casa sin hip?teca. Gana en su trabajo 20.000 euros al a?o y, al igual que Gumersindo, ha ganado 5.000 euros jugando al poker tras descontar ganancias y p?rdidas.

Rogelio tendr? que a?adir a lo ganado en su trabajo, los 5.000 euros que ha ganado en el poker como ganancia patrimonial.

A ojo, Rogelio tiene una base imponible de 25.000 euros (20.000 de su trabajo + 5.000 del poker) y su declaraci?n, teniendo en cuenta la tabla de tramos del IRPF para 2012, ser? algo as?.
? No pagar? nada por los primeros 5.150 euros pues se deducen como m?nimo vital.
? Pagar? el 24.75% de lo ganado desde los 5.151 a 17.707. El 24.75% de 12.556 euros, es decir, 3.107 euros.
? Pagar? el 30% de lo ganado desde 17.708 hasta los 25.000 euros totales que ha ganado. El 30% de 7.292 euros es 2.187 euros.

Por tanto, Rogelio tributar? en total 5.294 euros, lo que supone un 21,17 % de sus ganancias totales anuales de 25.000 euros.

El jugador profesional

Eustaquio se dedica exclusivamente al poker online. Durante un a?o gana 85.000 euros, es decir, unos siete mil euros mensuales jugando al poker. Es soltero y no tiene deducciones por vivienda habitual, ni hijos, ni deducciones conocidas m?s all? del m?nimo vital.

Eustaquio pagar? en base a la tabla de tramos para IRPF de 2012 de la siguiente forma.
? No pagar? nada por los primeros 5.150 como m?nimo vital.
? Pagar? el 24.75% de lo ganado desde los 5.151 a 17.707. el 24.75% de 12.556 euros, es decir 3.107 euros.
? Pagar? el 30% de lo ganado desde 17.708 hasta 33.007: el 30% de 15.299 euros, es decir, 4.590 euros.
? Pagar? el 40% de lo ganado desde 33.008 hasta 53.407: el 40% de 20.399 euros, es decir, 8.159 euros.
? Pagar? el 47% de lo ganado desde 53.408 hasta los 85.000 euros ganados finalmente: el 47% de 31.592 euros, es decir, 14.847 euros.

En virtud de estos n?meros, Eustaquio pagar? 30.703 euros, lo que supone un 36.12% de los 85.000 euros ganados.

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